Consejos para el ingreso al Perú



Para ingresar al Perú se necesita de algunos consejos como: es necesario presentar su Tarjeta Internacional de Embarque y Desembarque, y la Declaración de Aduanas a las autoridades pertinentes.

En el caso de la Tarjeta Internacional de Embarque y Desembarque se encuentra disponible ene l avión o en el establecimiento migratorio en la frontera de ingreso, se recomienda conservarla puesto que tendrá entregarla al instante de su salida del país, si usted la perdiera tendría que cancelar un costo obligatorio por penalidad de 4 dólares.

Al momento de ingresar, un oficial de la oficina de migraciones le solicitará el plazo de permanencia en el país el cual puede ser de hasta 90 días, si en caso excediera dicho plazo entonces tendrá que cancelar obligatoriamente 1 dólar por día excedido, esto lo realiza al momento de su trámite migratorio de salida.



Por otro lado en la Declaración de Aduanas usted deberá mencionar sus bienes sujetos a impuestos, si no los tuviera no tendría nada que declarar. En la misma declaración jurada deberá indicar si está trayendo al país vegetales o animales que requieran autorizaciones migratorias peruanas, en caso contrario los vegetales serán incinerados y los animales serán sacrificados.

¿Cuál es el equipaje exonerado de impuesto?

  • Prendas de vestir de personal uso del visitante.
  • Artículos de tocador, objetos de uso personal ajustados a la condición del visitante.
  • Secadora y cepillo para el cabello.
  • Una máquina de rasurar eléctrica.
  • Una cámara de fotos y hasta cinco rollos de película fotográfica.
  • Una filmadora de uso aficionado, con cinco cassettes como máximo.
  • Discos compactos, discos fonográficos, cintas magnetofónicas sin exceder un máximo de 20 unidades.
  • Una calculadora portátil
  • Medicamentos de uso del visitante.
  • Libros, revistas y documentos.
  • Hasta 20 unidades de cajetillas de cigarros, o cincuenta puros, o hasta 200 cincuenta gramos de tabaco picado o en hebras lista para fumar.
  • Hasta un monto de 300 dólares americanos en productos para uso o de consumo del visitante, o para obsequiarlos que definidos por su cantidad, naturaleza y variedad se defina que no serán comercializados teniendo un valor unitario menor a los 100 dólares.
  • Una máquina de escribir portátil.
  • Un instrumento de viento musical o a cuerda.
  • Una grabadora, radio grabadora o un receptor de radio portátil.
  • Maletas, bolsas y envases cualquieras de uso común que puedan contener los objetos que conformen el equipaje del visitante.
  • Los artículos declarados como equipajes a la salida del país que estén figurando en la declaración de salida temporal.
  • Una animal domésticos vivo que se presuma mascota.
  • Una computadora portátil.
  • Un aparato reproductor portátil.
  • Un aparato de vídeo o juego electrónico.
  • Una agenda electrónica u ordenador de bolsillo.
  • Un teléfono celular.

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